I. Concepto e importancia de la constitución y formalización
Antes de iniciar las actividades de tu negocio requieres realizar una serie de pasos y trámites que te exigen las diferentes entidades del estado para convertirte en una empresa formalizada.
Persona natural:
Ventajas:
*Puedes crear y cerrar tu negocio fácilmente.
*El control y administración del negocio recaen sobre tu persona.
Desventajas:
*Tienes responsabilidad ilimitada.
*El crecimiento del negocio depende de tu capacidad.
Persona jurídica: Representa a una organización con responsabilidad limitada y que tiene como objetivo social realizar actividades económicas.
-Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.):
· Constituida por voluntad unipersonal (un solo dueño).
· Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa.
- La responsabilidad de la empresa está limitada a su patrimonio. El titular del negocio no responde personalmente por las obligaciones de la empresa.
- Sociedad Anónima (S.A.):
· Conformada por un número mínimo de 2 accionistas, no tiene un número máximo de accionistas.
- Es la modalidad ordinaria y la más tradicional.
-Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.):
· Será constituido por un mínimo de dos accionistas y un máximo de veinte.
· Es una persona jurídica de Responsabilidad Limitada
- Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.):
· Requiere de un mínimo de dos socios y no puede exceder de veinte socios.
- El Capital Social está integrado por las aportaciones de los socios.
¿Cómo constituir la empresa?
1) Búsqueda de nombre: El trámite debe hacerse a título personal en SUNARP.
2) Reserva del nombre: Luego se debe realizar una reserva de nombre, el cual te da la preferencia para inscribir tu empresa con el nombre elegido por 30 días.
3) Minuta de Constitución: Debe ser realizado por un abogado y debe contener los estatutos de la empresa que se va a crear. Los estatutos deben contener información como: Aporte de capital,Actividades económicas, Funciones del representante legal.
4) Aportes de dinero: Si aportas como capital social activos monetarios (dinero) deberás aperturar una cuenta bancaria en el banco de tu elección.
5) Aportes de activos: En caso que realices aportes de activos no monetarios como por ejemplo una computadora, será necesario que firmes una declaración jurada de aportes de bienes.
6) Escritura Pública: Es un documento que sirve para darle formalidad a la minuta, autorizado por un notario que da fe sobre el contrato y es firmado por el titular, socios o accionistas de la empresa.
7) Registros Públicos: Una vez firmada la escritura pública, el notario o los socios tendrán que realizar la inscripción de la empresa en la Oficina Registra competente (Registro de Personas Jurídicas en la SUNARP).
8) Testimonio de la empresa:
Luego de ser inscrita tu empresa en el Registro de Personas Jurídicas, la notaría te entregará una Copia Registral Certificada y el Testimonio de tu empresa que acredita que esta ya ha sido registrada en SUNARP.
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